La modificación introducida al artículos 24 del DL. 3.063-79 por la Ley Nº 20.033 del 1 de julio de 2005.
Cabe señalar que una de las modificaciones más significativas, dice relación con la eliminación de la obligación de los contribuyentes de concurrir a la municipalidad a realizar el trámite de declaración de capital propio. En efecto, dicha obligación será asumida por el Servicios de Impuestos Internos, que a partir de la modificación legal en comento, deberá informar directamente a los municipios, el mes de mayo sobre el monto de dicho capital.
El contribuyente deberá presentar, dentro del mes de Mayo de cada año, en la municipalidad en que se encuentre ubicada su casa matriz, una declaración en que se incluya el número total de trabajadores en cada una de las sucursales, oficina, establecimientos, locales u otras unidades de gestión empresarial, para lo cual deberá retirar del Municipio a contar de la Primera semana del mes de mayo los siguientes formularios:
1.- Formulario para declarar Sucursales y Trabajadores, al reverso de este formulario se darán a conocer las respectivas instrucciones
2.- Formulario para solicitar rebaja de Inversiones.
Cualquier consulta sobre el tema la puede realizar en el departamento de Rentas, de 08:30 a 14:00 horas
PLAZO PARA PRESENTAR DOCUMENTACION: DESDE EL 4 DE MAYO Y HASTA EL 1 DE JUNIO DE 2009.