Secretaria Comunal de Planificación tiene como
objetivo apoyar al Alcalde y al Concejo en la elaboración
y el seguimiento de las políticas, planes,
programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
La Secretaria Comunal de Planificación
tiene a su cargo las siguientes funciones:
a)
Servir de Secretaria Técnica permanente del
Alcalde y del Concejo en la formulación de
la estrategia municipal, como así mismo de
las políticas, planes, programas y proyectos
de desarrollo de la comuna.
b)
Asesorar al Alcalde en la elaboración de los
proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y de Presupuesto
Municipal.
c)
Evaluar el cumplimiento de los planes, programas,
proyectos, inversiones y el Presupuesto Municipal,
e informar sobre estas materias al Alcalde y al Concejo
a lo menos semestralmente.
d)
Efectuar análisis y evaluaciones permanentes
de la situación de desarrollo de la comuna,
con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
e)
Estudiar, programar y evaluar el proceso de desarrollo
comunal en sus aspectos sociales, territoriales y
económicos, dando origen a programas y proyectos
específicos encada una de estas áreas
en coordinación con las unidades municipales
correspondientes.
f)
Elaborar las bases generales y específicas,
según corresponda, para los llamados a licitación,
previo informe de la unidad competente, de conformidad
con los criterios e instrucciones establecidos en
el Reglamento Municipal.
g)
Fomentar vinculaciones de carácter técnico
con los servicios públicos y con el sector
privado de la comuna.
h)
Recopilar y mantener la información comunal
y regional atingente a sus funciones.
i)
Procurar una efectiva coordinación e integración
de los proyectos del sector privado al Plan de Desarrollo
Comunal.
j)
Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción
del desarrollo urbano.
k)
Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo
actualizado, promoviendo las modificaciones que sean
necesarias y preparado los planes para su aplicación.
l)
Informar técnicamente las proposiciones sobre
planificación urbana inter comunal, formuladas
al municipio por la Secretaría Regional Ministerial
de Vivienda y Urbanismo.
m)
Informar técnicamente las subvenciones a otorgar
al sector público y al sector privado.
n)
Otras funciones que el Alcalde le asigne, de conformidad
con la legislación vigente y que no sea de
aquellas que la Ley asigna a otras unidades.