Permiso
de Edificación
Según lo establecido en el artículo
116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones,
la construcción, reconstrucción, reparación,
alteración, ampliación y demolición
de edificios y obras de urbanización de cualquier
naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán
permiso de la Dirección de Obras Municipales,
a petición del propietario.
Requisitos
que se debe cumplir
Los descritos en la Ordenanza General de Urbanismo
y Construcción Pto. 5.1.6
Documentos
a presentar
1.- Solicitud de Permiso de Edificación, Informes
Previos.
2.- Planos de Arquitectura.( 2 copias), Especificaciones
Técnicas(2 copias).
3.- Certificados de factibilidad de agua potable y
alcantarillado.
4.- Encuesta INE.
5.- Listado y patentes de profesionales De acuerdo
a la envergadura del proyecto, además se deberán
adjuntar lo siguientes documentos:
Plano
de cierro definitivo, Medidas de control y gestión
de calidad.
Calculo
de estabilidad según titulo 5 capitulo 6 de
la OGUC.
Planos
de estructura para edificaciones clase A y B, y para
edificios de carácter públicos
El
valor de los derechos a cancelar depende de los metros
cuadrados a construir, materialidad y calidad de la
edificación, los que en todo caso corresponden
al 1.5% del presupuesto; de acuerdo a la tabla trimestral
de Derechos Municipales del MINVU.
Servicio
responsable Dirección de Obras Municipales